Garantía de presentar peticiones

De acuerdo con la jurisprudencia constitucional en Colombia, la garantía de poder presentar peticiones a las autoridades, tiene cuatro elementos esenciales: (i) la formulación de la petición, (ii) la pronta resolución, (iii) la respuesta de fondo y (iv) la notificación de la decisión.

Respecto a la (iii) respuesta de fondo, importa que sea comprensible, clara, que conteste lo pedido, sin evasiones, que atienda lo solicitado, esto es, que resuelva el tema formulado en su totalidad. (Sentencia T-272/23)

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